Ley Karin

Modalidad:

E-Learning Asincrónico

Número de Horas:

100 hrs

Descripción

El curso busca cerrar la brecha en la prevención del acoso laboral, a través de la implementación de procedimientos adecuados y alineados con la Ley N°21.643.

Público objetivo

Este curso está dirigido a los encargados de recursos humanos, quienes desempeñan funciones relacionadas con la gestión de personal, administración de procesos de contratación, capacitación y desarrollo.

Competencia a desarrollar

Analizar procedimientos de prevención del acoso laboral, según los lineamientos de la Ley N°21.643.

Nuestro curso en SENCE

Link de información SENCE: Ley Karin SENCE 

Contenido

Módulo 1: Antecedentes Generales
  • Historia de la ley.

  • Vigencia de la norma.

  • Ámbito de aplicación.

  • Ratificación del Estado Chileno del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre ¿La violencia y el acoso de la organización internacional del trabajo?

  • Análisis del deber general de seguridad del empleador (Artículo 184 del CT).

  • Función limitadora de los derechos fundamentales respecto a las potestades del empleador (Artículo 5 del CT).

  • Introducción de nuevos conceptos de conductas contrarias a la dignidad en el ámbito laboral incorporando la perspectiva de género.

  • Modificación de la definición del acoso laboral para incluir una conducta que puede ocurrir de manera única o repetida.

  • Incorporación de la categoría de Violencia en el trabajo refiriéndose a la violencia ejercida por terceros ajenos a la relación laboral: clientes, proveedores o usuarios.

  • Incorpora nuevas normas sobre acoso sexual, laboral y la violencia en el Código del Trabajo.

  • Incorpora la prevención y regulación de acoso laboral y violencia en el trabajo a las normas existentes sobre acoso sexual.

  • Regula el contenido del protocolo de prevención de las conductas de acoso y violencia.

  • Modificación del Artículo 2 del Código del Trabajo

    1. Definición de Perspectiva de Género (general) y la perspectiva de género en el Código del Trabajo.

    2. Conductas ilícitas sancionadas.

      a) Acoso Sexual. b) Acoso Laboral. c) Violencia en el trabajo.
  • Modificación del Artículo 154 y 154 bis del Código del Trabajo.
  • Modificación del Artículo 211a y siguientes.

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